Villa María: revocaron la prisión domiciliaria del ex bombero Rodrigo Santi y fue trasladado nuevamente al penal

La medida fue dispuesta por la Fiscalía de Instrucción tras un allanamiento positivo que confirmó el incumplimiento de las reglas de conducta. El condenado tenía un celular oculto y conexión a internet, pese a la prohibición judicial expresa.
Policiales28/01/2026Redacción SVisión DigitalRedacción SVisión Digital

En las últimas horas, la Justicia de Villa María resolvió revocar la prisión domiciliaria del ex instructor de Bomberos Voluntarios Rodrigo Santi, de 31 años, condenado por los delitos de abuso sexual, tenencia de pornografía infantil y corrupción de menores, ordenando su traslado inmediato a un establecimiento penitenciario para continuar con el cumplimiento de su condena.

La decisión fue adoptada por la Fiscal de Instrucción de Fuero Múltiple de Feria, Dra. Juliana Companys, con la secretaría del Dr. José Álvarez, luego de un allanamiento positivo realizado en el domicilio donde Santi cumplía el beneficio de prisión domiciliaria, otorgado mediante decreto fechado el 23 de diciembre de 2025.

Durante el procedimiento, personal policial constató la presencia de un módem de acceso a internet, así como un teléfono celular oculto dentro de una aspiradora. En el dispositivo se verificó la utilización activa de redes sociales, principalmente WhatsApp, con mensajes intercambiados en los días previos y el mismo día del allanamiento, lo que implica necesariamente el uso de conexión a internet.

Según se desprende de la extensa resolución judicial, la fiscal interviniente remarcó que la prisión domiciliaria no constituye un cese de la persecución penal ni de la pena, sino una modalidad atenuada de privación de la libertad, sujeta al estricto cumplimiento de las reglas de conducta impuestas conforme a los artículos 33 y 34 de la Ley 24.660. Asimismo, se subrayó que dicho beneficio no representa un derecho subjetivo del interno, sino una facultad del órgano judicial, pasible de ser revocada ante cualquier incumplimiento.

Del análisis de las actuaciones, se concluyó que Rodrigo Santi quebrantó injustificadamente la obligación de abstenerse de utilizar teléfonos celulares, computadoras, dispositivos tecnológicos, redes sociales y cualquier tipo de conexión a internet, condiciones de las que había sido debidamente notificado al momento de concedérsele la prisión domiciliaria.

En virtud de ello, se resolvió revocar el beneficio y ordenar al Servicio Penitenciario el traslado del condenado desde su domicilio ubicado en calle Mendoza 421, departamento 2, de la ciudad de Villa María, hacia el Establecimiento Penitenciario N° 5 de esa misma ciudad, donde continuará su estado de privación cautelar de la libertad, bajo exclusiva disposición de la Fiscalía de Fuero Múltiple N° 2.

Además, se dispuso dejar sin efecto el uso de la tobillera electrónica y garantizar al interno los cuidados, atención médica y psicológica necesarios, de acuerdo a su estado de salud.

El operativo fue cumplimentado de manera inmediata por personal de la Unidad Regional Departamental General San Martín, bajo la supervisión del Director de la Unidad Operativa, Mayor Comisario Inspector Lic. Juan Gatica, labrándose las actuaciones judiciales correspondientes, que quedaron a disposición de la magistrada interviniente.

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